En relación a la decisión ¿Compartir saberes y habilidades que tengo? esta es una opinión de Luis Carlos Plata López

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Esta es la opinión del experto

El trabajo intelectual es un bien inmaterial que puede tomar diferentes formas. Se produce a partir de ciertos recursos con los que las personas cuentan y el esfuerzo que éstas usan en su creación. El compartir saberes y habilidades debe producirse en parámetros de justicia y reconocimiento.

Para analizar las formas actuales en las cuales se intercambian conocimientos y habilidades consideradas bienes inmateriales, el autor distingue entre dos tradiciones. Por un lado, está la tradición romano-germánica de desarrollo de los Derechos de Autor que alude a los mecanismos de protección de autores, artistas e intérpretes en sus intereses y en las prerrogativas legales otorgadas para la explotación exclusiva de sus creaciones por un tiempo determinado. Esta corriente de pensamiento se basa en la idea de que el trabajo intelectual de las personas es inalienable y por tanto el derecho a la propiedad intelectual de su obra debe ser reconocido.
 
Por otro lado, está la tradición anglosajona del Copyright que se relaciona con la búsqueda de incentivos para motivar la producción de obras derivadas del intelecto y de la creatividad que sean útiles para la comunidad. La idea que sustenta esta segunda perspectiva es que si las personas y grupos obtienen beneficios a través de la creación de obras de diferentes tipos, la producción cultural será más abundante y, por ende, toda la sociedad se beneficiará de su producción.
 
Estas dos tendencias convergen en las prerrogativas que se dan legalmente a autores y autoras de productos culturales en la actualidad. Sin embargo, tal como puntualiza el autor, también es importante buscar un equilibrio entre el interés particular de los autores en recuperar la inversión hecha en su creación y el interés de la sociedad en acceder a esas creaciones. Frente a esta dinámica, el texto propone un sistema en el que la asignación de derechos de propiedad sea por un tiempo limitado que, por una parte, permita que el trabajo de los creadores sea remunerado y, por otra, no sea tan amplio como para que aumente el costo social y se limite el acceso público a los avances tecnológicos y del conocimiento.
 
De este modo, el autor no se posiciona como contrario a las prácticas de compartir conocimientos y habilidades, pero sí argumenta a favor de que los procesos de difusión de dichos conocimientos y habilidades se haga bajo un marco en el que se regulen de manera justa estas actividades. Esto, con el fin de no perjudicar a las personas que generan nuevos conocimientos útiles a la sociedad, sino más bien de incentivar su quehacer.

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