En relación a la decisión ¿Pensar que prohibir el “burka” va contra la libertad? esta es una opinión de Sami Naïr

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Esta es la opinión del experto

Tanto la velación como la disimulación total de la mujer ofenden violentamente los sentimientos propios del igualitarismo moderno y el reconocimiento de la dignidad de la mujer.

Sami Naïr, en el artículo El Velo, publicado en esglobal.org en 8 de febrero de 2008 opina:
 
“No en el espacio público. En el ámbito privado, en el que cada uno puede vestirse a su antojo, no puede prohibirse el velo. Sin embargo, al igual que no está permitido desnudarse por completo en la calle, ya que la ley considera que va contra las convenciones sociales, puede decirse que el burka –que esconde todo el cuerpo de la mujer– también atenta contra las formas, ya que impide que ciudadanas y ciudadanos se reconozcan en un contexto de igualdad de identificación. Es más, en nombre de este principio, el burka no debe aceptarse tampoco en el ámbito privado.
 
Por espacio público hay que entender sólo las escuelas y otros lugares donde se ofrecen servicios públicos. En ellos debe prohibirse el velo, ya que es un signo de afirmación religiosa. Desde el punto de vista laicista, es necesaria la separación entre la religión y el ámbito público. La laicidad es la neutralidad de este último, y ni los musulmanes ni los judíos ni los cristianos deben invadirlo. Es inaceptable que un ciudadano exija en un hospital público el derecho de su mujer a no desnudarse ante un médico hombre y, por lo tanto, a exigir una doctora, como hacen algunos integristas. Si eso es lo que quiere, debe acudir a una clínica privada.”
 
Así mismo, en el artículo Laicidad y 'burka', publicado en EL País el 19 de junio de 2010 añade:
 
“…Tanto la velación como la disimulación total de la mujer ofenden violentamente los sentimientos propios del igualitarismo moderno y el reconocimiento de la dignidad de la mujer. Pero desde el punto de vista del derecho, lo que cuenta es la libertad del sujeto y si este, como es el caso de muchas mujeres veladas, afirma querer llevar estos símbolos, está en su derecho.
 
En cambio, no puede hacerlo en el espacio público por dos razones. Primero, porque, en el caso del burka, existe claramente un problema de seguridad pública y de identificación legal del sujeto; después, porque el espacio público, en un Estado laico, está separado del espacio privado o, dicho de otro modo, en su seno, la libertad colectiva, garantizada por el Estado, prevalece sobre la libertad individual. Este es el punto clave. Es por ello que la prohibición del burka puede depender de una decisión penal prevista ya por el Código Penal, en la medida en que este saque las consecuencias represivas de las obligaciones contenidas en la Ley de Libertad Religiosa. Pero el verdadero problema es el de la ley en sí misma. Esta debe definir de manera muy clara la neutralidad general del espacio público, la separación de lo privado y lo público(…)”

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