En relación a la decisión ¿Calcular el importe de la prestación contributiva por desempleo? esta es una opinión de Josep M. Diez Isern

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Esta es mi opinión de experto

La prestación contributiva por desempleo es el ingreso mensual más importante, si no el único, que tendremos durante el desempleo; de ahí su importancia a la hora de diseñar nuestro presupuesto mensual.

Tras la entrada en vigor del Real Decreto 30/2012 de 10 de Febrero sobre medidas urgentes para la Reforma del Mercado Laboral, se han despejado las dudas de millones de parados, ya que la partida para prestaciones por desempleo no se ha modificado.
Así, bien sea ante un inminente despido o porque se está a punto de finalizar un contrato de trabajo, es frecuente que uno se pregunte a cuánto ascenderá su subsidio por desempleo y durante cuánto tiempo podrá cobrarlo.
Para poder conocer estos datos, lo primero es conocer los casos en los que se tiene derecho a cobrar el paro, que según la lista de supuestos del INEM pueden ser: despido, terminación de un contrato temporal, aplicación de un expediente de regulación de empleo (ERE), o estar en un periodo de inactividad en el caso de los trabajadores fijos discontinuos. Como caso excepcional, un trabajador puede recibir el paro después de un cese voluntario si su marcha se debe a que la empresa haya trasladado su puesto de trabajo a otra localidad, obligando al trabajador a cambiar de domicilio, jornada laboral o turno de trabajo.
El solicitante debe cumplir una serie de requisitos como son: estar afiliado y en situación de alta o asimilada al alta en la Seguridad Social en un régimen que contemple la contingencia por desempleo, encontrarse en situación legal de desempleo y acreditar disponibilidad para buscar trabajo activamente y para aceptar una colocación adecuada, haber cotizado a la Seguridad Social durante un período de al menos doce meses y no haber cumplido la edad que da derecho a la pensión de jubilación.
A continuación, para hacer el cálculo es necesario saber cuánto ha cotizado la empresa a la Seguridad Social por el trabajador en sus últimos 180 días naturales de trabajo. Este dato se obtiene sumando las "bases de contingencias comunes" que se recogen en las seis nóminas anteriores al despido o fin del contrato, y dividiendo el resultado entre 180.
De esta forma obtenemos la base reguladora diaria de la prestación por desempleo, a la que habrá que aplicar las retenciones fiscales y las aportaciones a la Seguridad Social.
En cualquier caso, el INEM fija cada año unos límites mínimos y máximos para el subsidio. Así, actualmente ninguna prestación por desempleo puede ser menor de 482,44 euros para los solicitantes con cargas familiares, ni inferior a 645,26 euros si poseen hijos menores de 26 años con rentas inferiores a 600 euros mensuales. El límite superior es de 1.055,33 euros para quienes no tienen descendientes menores de edad, y de 1.356,86 euros para los solicitantes con dos o más hijos menores.
¿Hasta cuándo dura el paro? El periodo de tiempo durante el cual se tiene derecho a paro depende de las cotizaciones realizadas en los últimos seis años, siempre que no se hayan tenido en cuenta para prestaciones anteriores: si se pide el paro y no se agota el plazo máximo durante el cual puede cobrarse, no es posible retomarlo posteriormente, y la cotización se pierde para futuras solicitudes.
Así, cuanto más tiempo haya cotizado el trabajador, más meses de subsidio acumulará, pero a partir de los 2.160 días de cotización (unos 6 años) se alcanza el máximo de días que puede cobrarse el paro: 720 días. De cualquier forma, el INEM dispone de una la escala de tiempo que permite el cálculo del periodo de duración de las prestaciones de desempleo.
Extraido del artículo “Requisitos que has de cumplir para cobrar el paro”, publicado en www.laboris.net. (fuentes citadas de www.mtas.es)

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